Dictadura de Primo de Rivera y fin de la monarquía: presentación para trabajar

19 03 2015

Con la siguiente presentación debéis preparar este tema:





Comentario del mapa de la Guerra de Marruecos

19 03 2015

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Al hacer el comentario debes explicar a partir del mapa el papel de la Guerra de Marruecos en la crisis del sistema de la Restauración, sin olvidar durante la dictadura de Primo de Rivera

Para realizar el comentario debes seguir el siguiente esquema:

1.- Clasificación de la fuente y descripción de su contenido

  • tipo de fuente, temática, ámbito geográfico y periodo cronológico, hecho histórico que representa

2.- Relación de la fuente con el tema propuesto
3.- Análisis del hecho histórico que representa

Fecha de entrega: 08/04/2015





Fuentes de la Guerra Civil

20 04 2013




Fuentes: II República

8 04 2013




Fuentes: reinado de Alfonso XIII y Dictadura de Primo de Rivera

7 04 2013




La Restauración: El Manifiesto de Sandhurst

5 02 2013

MANIFIESTO DE SANDHURST (1 de diciembre de 1874)

«He recibido de España un gran número de felicitaciones con motivo de mi cumpleaños […].
Cuantos me han escrito muestran igual convicción de que sólo el
restablecimiento de la monarquía constitucional puede poner término a la opresión, a la incertidumbre y a las crueles perturbaciones que experimenta España. Dícenme que así lo reconoce ya la mayoría de nuestros compatriotas, y que antes de mucho estarán conmigo los de buena fe, sean cuales fueren sus antecedentes políticos […].
Por virtud de la espontánea y solemne abdicación de mi augusta madre, tan generosa como infortunada, soy único representante yo del derecho monárquico en España. Arranca éste de una legislación secular, confirmada por todos los precedentes históricos, y está indudablemente unida a todas las instituciones representativas, que
nunca dejaron de funcionar legalmente durante los treinta y cinco años transcurridos desde que comenzó el reinado de mi madre hasta que, niño aún, pisé yo con todos los míos el suelo extranjero.

Huérfana la nación ahora de todo derecho público e indefinidamente privada de sus libertades, natural es que vuelva los ojos a su acostumbrado derecho constitucional y a aquellas libres instituciones que ni en 1812 le impidieron defender su independencia ni acabar en 1840 otra empeñada guerra civil. Debióles, además, muchos años de progreso constante, de prosperidad, de crédito y aun de alguna gloria; […].

Afortunadamente la monarquía hereditaria y constitucional posee en sus principios la necesaria flexibilidad y cuantas condiciones de acierto hacen falta para que todos los problemas que traiga su restablecimiento consigo sean resueltos de conformidad con los votos y la convivencia de la nación. No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente; sin Cortes no resolvieron los negocios arduos los príncipes españoles allá en los antiguos tiempos de la monarquía, y esta justísima regla de conducta no he de olvidarla yo en mi condición presente, y cuando todos los españoles están ya habituados a los procedimientos parlamentarios. Llegado el caso,
fácil será que se entiendan y concierten las cuestiones por resolver un príncipe leal y un pueblo libre. […]

Por mi parte, debo al infortunio estar en contacto con los hombres y las cosas de la Europa moderna, y si en ella no alcanza España una posición digna de su historia, y de consuno independiente y simpática, culpa mía no será ni ahora ni nunca. Sea la que quiera mi propia suerte ni dejaré de ser buen español ni, como todos mis antepasados, buen católico, ni como hombre del siglo, verdaderamente liberal.

Suyo afectísimo, Alfonso de Borbón. Nork-Town (Sandhurst), 1 de diciembre de 1874».





Manifiesto de los Persas

16 01 2013

EL MANIFIESTO DE LOS PERSAS (1814)
«Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V. M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad, del número de los españoles que se complacen al ver restituido a V. M. al trono de sus mayores, son los que firman esta reverente exposición con el carácter de representantes de España; mas como en ausencia de V. M. se ha mudado el sistema que regía al momento de verificarse aquélla, y nos hallamos al frente de la nación en un Congreso que decreta lo contrario de lo que sentimos y de lo que nuestras provincias desean, creemos un deber manifestar nuestros votos y circunstancias que los hacen estériles, con la concisión que permita la complicada historia de seis años de revolución.
[…]La monarquía absoluta (voz que por igual causa oye el pueblo con harta equivocación) es una obra de la razón y de la inteligencia; está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus reyes. Así que el soberano absoluto no tiene facultad de usar sin razón de su autoridad (derecho que no quiso tener el mismo Dios); por esto ha sido necesario que el poder soberano fuese absoluto con el arbitrario, sin reflexionar que no hay Estado (sin exceptuar la mismas repúblicas) donde el constitutivo de la soberanía no se halle un poder absoluto […].
No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso Manifiesto en cuanto permita el ámbito de nuestra representación y nuestros votos particulares con la protesta de que se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V. M. ni por las provincias […] porque estimamos las leyes fundamentales que contiene de incalculables y trascendentales prejuicios, que piden la previa celebración de unas Cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y con arreglo en todo a las antiguas leyes.
Madrid, 12 de abril de 1814.»

ANÁLISIS DEL TEXTO Y CUESTIONES:
1. Resuma con brevedad y concisión el contenido del texto. (Puntuación máxima: 0’5 puntos).
2. Señale y argumente las ideas fundamentales del texto. (Puntuación máxima: 1 punto).
3. Responda a las siguientes cuestiones (puntuación máxima: 4 puntos, 2 por cuestión):
a) Características de la Constitución de 1812.
b) El reinado de Fernando VII: el sexenio absolutista y el trienio liberal.

A continuación podéis leer dos ejemplos del comentario resuelto: